Contrato de trabajo de relevo: ¿En qué consiste? ¿Te han ofrecido un contrato de trabajo de relevo en una empresa y no sabes exactamente en qué consiste, la duración, los términos, etc.? Se trata de aquel contrato de trabajo a una persona en desempleo o con un contrato de duración determinada en la empresa, para que sustituya parcialmente a otro trabajador de la empresa que accede a la pensión de jubilación parcial, pues compaginará esta pensión con un trabajo a tiempo parcial en la empresa. Todo esto y muchos más detalles, los puedes ver a continuación.
Una vez que has encontrado un trabajo, hay diferentes maneras de vincularte con la empresa, como un contrato en prácticas, indefinido, temporal o un contrato de trabajo de relevo, cuyos términos y condiciones vamos a ver a continuación.
Contrato de trabajo de relevo: Objeto
- El contrato de relevo es que el concierne a un trabajador en situación de desempleo o con un contrato temporal en la empresa, que sustituye a un trabajador de la empresa que accede a la pensión de jubilación de manera parcial, compaginando esta pensión con la realización a tiempo parcial de un trabajo en dicha empresa.
Contrato de trabajo de relevo: Duración
- El contrato de trabajo será indefinido o igual a la duración del tiempo que falta para que el trabajador sustituido alcance la edad de jubilación. En caso de continuidad del trabajador relevado una vez alcanzada dicha edad, el contrato de relevo podrá prorrogarse mediante un acuerdo por ambas partes por periodos anuales, extinguiéndose en el año en que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.
- Si el contrato de relevo concierne a una jornada completa y duración indefinida, con una reducción máxima del 75% de la jornada y salario del trabajador jubilado parcialmente, el contrato deberá alcanzar, al menos, una duración igual al resultado de sumar 2 años al tiempo que falta para que el trabajador relevado alcance la edad de jubilación. En caso de incumplimiento, el empresario deberá celebrar un nuevo contrato en los mismos términos por el tiempo restante.
Contrato de trabajo de relevo: Jornada
- La jornada podrá ser completa o a tiempo parcial, aunque como mínimo deberá ser igual a la reducción de jornada acordada con el trabajador sustituido, es decir, entre un 25-75%, si el contrato de relevo se celebra a jornada completa y duración indefinida, de lo contrario, será del 25-50%. El horario del trabajador relevista podrá completar al del sustituido o simultanearse.
Contrato de trabajo de relevo: Puesto de trabajo
- El puesto de trabajo del relevista deberá ser el mismo del trabajador sustituido o similar, es decir, del mismo grupo profesional o de categoría equivalente. Si lo anterior no es posible, por requerimientos del trabajo, deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos.
Contrato de trabajo de relevo: Obligaciones de la empresa
- Si durante la vigencia del contrato de relevo se produjera un cese del trabajador contratado, la empresa deberá sustituirlo en un plazo de 15 días por otro trabajador en las mismas condiciones.
- Si el trabajador sustituido fuera despedido improcedentemente de la empresa y no fuera readmitido posteriormente, la empresa deberá ofrecer al trabajador relevista la ampliación de su jornada de trabajo y si no fuera aceptada, contratar a otro trabajador.
Al igual que con los contratos de formación y aprendizaje, los contratos de trabajo de relevo no son demasiado conocidos, por lo que si te ofrecen uno, no dudes en consultar todas las dudas que te surjan.
Fuente Foto – Google Images